¿Cuándo es obligatorio darse de alta como autónomo?


Si has comenzado a realizar una actividad por cuenta propia, entonces lo mejor es darte de alta como autónomo, esto para que puedas facturar.

Ahora bien, un trabajador autónomo se trata de una persona que efectúa de forma habitual, directa y personal un tipo de actividad económica que es a título lucrativo.

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¿A qué se refiere ingreso habitual?

Cuando se habla de ingreso habitual, tiene que ver con aquellos que determinan si el trabajador cuenta o no con la obligación de darse de alta, el propio autónomo es quien determina si la facturación se realiza de manera puntual o se hace con regularidad, si bien, de manera poco frecuente. 

Esto nos hace reflexionar, sobre ser autónomo que significa “ser un trabajador independiente” o se puede decir que es una persona que realiza una actividad económica “habitual”.

¿Tengo que darme de alta si tengo ingresos habituales?

De acuerdo a la Seguridad Social, la persona se encuentra obligada a darse de alta como autónomo si la misma realiza de manera habitual, personal y directa cualquier actividad económica que sea a título lucrativo. Nuestro consejo es que le preguntes a un despacho de abogados penalistas, porque ellos te van a aclarar las dudas de mejor forma.

¿Puedo emitir facturas sin ser autónomo?

Si, claro que se puede emitir una factura sin ser autónomo, esto significa que cualquier entidad o persona que efectué una transacción comercial tiene derecho a emitir una factura, pero hay que tener en cuenta que existen ciertas limitaciones y algunos requisitos legales que deben cumplirse para emitir facturas sin ser autónomo.  

Ahora bien, no es necesario darse de alta como autónomo si se cumple con lo siguiente:

  • La persona no debe realizar ninguna actividad de manera habitual
  • No se puede ingresar una cantidad que sea superior al SMI (Salario Mínimo Interprofesional)

Si deseas emitir facturas sin estar dado/a de alta como autónomo, entonces, es necesario estar inscrito/a en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores. Se trata de un trámite que es gratis y necesario para poder emitir facturas sin cometer deleito.

Otro aspecto a destacar es que debes cumplir con las obligaciones tributarias, esto es necesario para todas las facturas que se emitan: tendrás que calcular el IVA y el IRPF.

Existe un límite de ingresos para facturar sin ser autónomo, la misma se encuentra en el Real Decreto –Ley 231/2020 de fecha 4 de febrero, donde especifica que se sitúa en 950 euros brutos al mes o puede cancelarse 31,66 euros brutos al día.  Resolución del Tribunal Supremo de 2007 del Salario Mínimo Interprofesional.

Hacer facturas sin ser autónomo a través de cooperativa de trabajo asociado

Esta es otra opción disponible para facturar sin ser autónomo, deberás darte de alta en la cooperativa, tendrás que hacer un pago de una cuota de alta y un porcentaje por cada factura.

Al trabajar para una cooperativa de trabajo asociado, la misma se encargará de darte de alta en la Seguridad Social. Ahora bien, las facturas no serán emitidas a tu nombre sino a nombre de la cooperativa.

¿Cómo evitar problemas con la seguridad social?

Se debe cancelar la cuota al día, cuando no se abona al día el trabajador autónomo incumple en su deuda con la Seguridad Social y esto hace que se retrase y pueda tener intereses de demora que deben asumir y pagar.

Es importante que tengas en cuenta que el plazo para realizar los trámites con la Seguridad Social y Hacienda es muy amplio, la persona tiene hasta 60 días para realizar el alta antes de comenzar cualquier actividad. Recuerda que es obligatorio darse de alta como autónomo antes de empezar una actividad, no se permite darse de alta como autónomo luego de iniciar la actividad. 





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